A través de Comunicados de Prensa, la Comisión Deportiva Automovilística (CDA) del Automóvil Club Argentino (ACA) alerta a las categorías que decidieron cambiar de fiscalizadoras, sobre posibles acciones judiciales en el futuro.
Transcribimos los
Comunicados emitidos en el presente mes de diciembre:
COMUNICADO N° 43
– CDA 29 (27/12/2023): USO DE MARCA
TURISMO NACIONAL
Por resolución de
la Mesa Directiva de la CDA/ACA/FIA se comunicó por Carta Documento a APAT
(Asociación Pilotos Autos de Turismo) con fecha 22-12-2023 el texto que se
transcribe a continuación:
“Dada vuestra
decisión de excluirse del esquema organizativo
(FIA-ACA) que en el país encabeza ésta institución, y teniendo en cuenta
que la marca Turismo Nacional (denominativa) clases 4, 9, 12, 16, 17, 18, 20,
25 , 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43 , 44, es propiedad del ACA desde 1975 conforme
los registros del INPI, el ACA, tiene la obligación de hacerles saber que
deberán cesar de inmediato en el uso de la denominación para la realización de
competencias o cualquier actividad que se relacione con el deporte
automovilístico.
En tal sentido,
les informamos que no deberán utilizar tales denominaciones en el campeonato
que organizan para el año 2024 y siguientes, bajo apercibimiento de accionar
judicialmente por uso indebido de marca, daños y perjuicios, más el daño moral
que se producirá al ACA”.
COMUNICADO N° 42
– CDA 28 (26/12/2023): RESOLUCIÓN DE
MESA DIRECTIVA CDA/ACA/FIA
Ante
informaciones periodísticas que indican que la Fórmula Nacional dejaría de ser
fiscalizada por la CDA/ACA/FIA. La Mesa Directiva desea recordar que en
cumplimiento de los artículos
pertinentes del Reglamento Deportivo Automovilístico (RDA) y el Código
Deportivo Internacional (CDI) de la
Federación Internacional del Automóvil
(FIA), y teniendo en cuenta que ésta última (FIA) delegara el poder
deportivo para nuestro territorio en nuestra Entidad, que incluye la emisión de Licencias Deportivas, y dando
cumplimiento a los reglamentos indicados, informamos que los pilotos de
la Fórmula Nacional participantes de competencias no fiscalizadas por nuestra
entidad no podrán solicitar a partir de la fecha Licencias Internacionales y por lo tanto no se encuentran habilitados para competir en el exterior.
COMUNICADO N° 40
– CDA 26 (14/12/2023): FISCALIZACIÓN DE
CATEGORÍAS
La CDA/ACA/FIA
atento al comunicado de prensa del 12 del corriente de la ACTC (Asociación
Corredores Turismo Carretera) en donde se comunica que a partir del próximo año
2024, ha decidido ampliar la nómina de categorías de automóviles de competición
a fiscalizar, incluyendo a las categorías Turismo Nacional (APAT) y Turismo
Pista (APTP).
Deseamos expresar
que independientemente de invocar una ley derogada, N°24052, para atribuirse
competencias que carece, ya que el Código Deportivo Internacional de la
Federación Internacional del Automóvil (FIA) reconoce como única Autoridad
Deportiva Nacional al Automóvil Club Argentino (ACA), poseedor y depositario
del Poder Deportivo, quien por medio de la Comisión Deportiva Automovilística
ejerce la fiscalización de las carreras
automovilísticas de categorías nacionales, entre ellas Turismo Nacional (APAT)
y Turismo Pista (APTP).
Por lo tanto,
queremos ratificar que cualquier Institución - Federación – Categoría y/o
sector del automovilismo que quiera fiscalizar o ser fiscalizadas en
competencias deberá contar con la expresa autorización por escrito de la
Comisión Deportiva Automovilística (CDA) del Automóvil Club Argentino (ACA) en
concordancia con los reglamentos locales e internacionales vigentes e indicados
más arriba.
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